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miércoles, 20 de octubre de 2010

Globalización y Economía

Las asambleas hacen ordenanzas (leyes a nivel departamental).

Derecho: Es el conjunto de normas que regulan el comportamiento humano.

Norma: Es toda regla de comportamiento cuyo cumplimiento es potestativo como por ejemplo el camino más corto entre dos puntos es la línea recta, pero una persona puede ir por donde quiera, tiene esa libertad. Hay otro tipo de normas que son reglas que otorgan obligaciones o confieren derechos y no son potestativos o son atributivas de facultades como por ejemplo pajar impuestos, facultad que tiene un alcalde de nombrar funcionarios.

Ley natural: Son juicios enunciativos que muestran las relaciones que no pueden dejar de ser o suceder que en la naturaleza existe en relaciones constantes entre fenómenos como por ejemplo el calor dilata los cuerpos; es una relación de causalidad entre la dilatación y que lo dilata.

La moral: Son reglas éticas unilaterales porque frente a sujeto quien obliga no hay otra persona para exigir su cumplimiento.

El Derecho: Es un fenómeno histórico y social, donde hay sociedad hay derecho, e hombre es creado y aplicador de derecho. Se considera como norma (conjunto de reglas, la facultad es decir prerrogativas de la persona es exigir derecho como ideal de justicia darle a cada cual lo que le corresponde y como forma de convivencia. Kelsen dice que un orden coactivo de la conducta humana. Según Helsen en derecho nació con a propiedad privada y la protege. Según Marx sigue solo a la clase capitalista.

Otra definición de derecho que podríamos dar podría ser un conjunto de normas impero-tributabas que en una época y en un lugar la autoridad pública declara obligatorias.

Origen:
Poder heredado-Poder de sangre.                         No meritoriamente.
Poder por Dios.
Poder del pueblo-Democráticos.
Poder por la fuerza-Invasión.



Tipos de poder:

Poder político.
Poder económico: Porque no todos pueden ser elegidos por el costo de las campañas.
Poder ideológico: Apegarse a unas ideas, a los votos.


Estado: Es la organización jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación que se ejerce en un determinado territorio del concepto anterior se deduce claramente los componentes de este:
·         Territorio.
·         Población.
·         Poder.

El territorio Colombiano está establecido en el artículo 101 de la constitución vigente, sobre este territorio se ejerce el poder del estado y en el conviven las personas que a la vez son sujeto y objeto de poder del estado y que constituye a población que es el segundo elemento de estado. El tercero poder que es la voluntad que dirige una sociedad es coactivo (se impone). El poder tiene origen en el pueblo, sangre, fuerza y en Dios, el poder  es económico, ideológico y político, el poder político se manifiesta atreves de normas y actos regulados. El estado moderno surge con el capitalismo y con el nuevo pensamiento, la organización fundamental de estado está prevista en la constitución.

Constitución de un país: Art 4 de la constitución vigente la define como norma de normas, la constitución es la ley fundamental proclamada en un país en la que se dan los cimientos para la organización del derecho.

Ferdinand Lasalle: Si la constitución es la ley fundamenta debe ser una fuerza coactiva que hace que todas las demás leyes e instituciones jurídicas vigentes sean lo que realmente son, esa fuerza coactiva esta en los factores reales de poder que rigen una sociedad. Entonces constitución es la suma de los factores reales de poder que rigen un país, a los factores reales de poder se les da expresión escrita y se convierte en derecho e instituciones jurídicas y quien atenta contra ellas atenta contra la ley.

Principios fundamentales:
1.    Están contemplados en el art. 1 de la constitución: Colombia es un estado social de derecho; el estado se compromete en la búsqueda de la justicia social.
2.    Republica unitaria centralizada: un contraste con la descentralización y la autonomía regional dispuesta como principio en el art. 1 de la constitución.
3.    Estado democrático, de origen electivo y popular con duración de atribuciones limitadas se incluye la democracia participativa.
4.    Estado pluralista: que respeta las diferencias políticas, ideológicas, étnicas de género, religiosas etc.
5.    Como estado reconoce los principios del derecho internacional y la búsqueda de la integración de Latinoamérica y Caribe, a constitución política dispone de instrumentos para hacer valer los derechos constitucionales como la acción de tutela, acción popular y responsabilidad de los funcionarios del estado.

Derechos Fundamentales:
1.    Derecho a la vida
2.    No sometimiento a la desaparición forzada ni a torturas crueles o degradantes.
3.    Las personas nacen libres e iguales, recibirán la misma protección y trato las mismas oportunidades.
4.    Libre desarrollo de la personalidad.
5.    Libertad de conciencia y pensamiento no puede ser obligado actuar contra ella.
6.    La paz es un derecho y un deber de obligatoria cumplimiento.  
7.    Derecho de petición: toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades y obtener pronta respuesta.
8.    Derecho a la libre locomoción: todo colombiano tiene derecho a circular libremente.
9.    El trabajo es un derecho y una obligación social pero en realidad el trabajo es un privilegio.
10. Libertad de profesión y oficio: toda persona es libre de escoger profesión u oficio la ley podrá exigir títulos de idoneidad: los puestos según el titulo.
11. Libertad de enseñanza y práctica: el estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
12. Derecho al debido proceso se aplicara a toca clase de actuaciones judiciales y administrativas.
13. Derecho de reunión.
14. Derecho de la libre asociación: se garantiza el derecho a la libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en la sociedad.
15. Derecho a ser elegido y a elegir, tomar acciones de tutela.
16. En todas las instituciones de educación, oficiales o privados, serán obligatorios el estudio de la constitución y la instrucción cívica. El estado divulgara la constitución.

Derechos sociales, económicos y culturales:
1.    La familia es el núcleo de la sociedad.
2.    La igualdad de género: prerrogativas a las mujeres embarazadas.
3.    Los derechos fundamentales de los niños: los derechos de los niños prevalecen sobre los demás.
4.    La seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio en dirección del estado como en salud y pensiones.
5.    Derecho a la vivienda digna: el mismo estado debe velar porque donde se vive sea un lugar digno al igual q las condiciones sean las apropiadas.
6.    Derecho a la recreación, el deporte y la utilización del tiempo libre la cual el estado lo fomentara: coldeportes, pastodeportes.
7.    Principios mínimos del trabajo: el estatuto al trabajo, prima la realidad, no se puede esconder un contrato de trabajo.
8.    Derechos a la negociación colectiva: sindicato.
9.    Derecho a la huelga: el trabajador deja de trabajar pero el empleador no les paga en este lapso de tiempo.
10. Estímulos legales en gestión empresarial.
11. Se garantizara el derecho a la propiedad privada.
12. Protección a la propiedad intelectual.
13.  Protección a la producción de alimentos.
14. La educación es un derecho de la persona: gratuita y obligatoria hasta noveno año.

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